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Adios al ‘libro de visitas’ de la Inspección de Trabajo

Las empresas ya no tendrán que actualizar y guardar el denominado libro de visitas de la Inspección de Trabajo en el que debían llevar la cuenta de las inspecciones que les realizaba este organismo. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha aprobado una orden ministerial que publicó la semana pasada el Boletín Oficial del Estado (BOE) que elimina definitivamente este libro de visitas, tanto en formato papel como en formato electrónico.

Esta medida redundará en un ahorro de 700 millones de euros, que se enmarca en las medidas del Gobierno para reducir cargas administrativas, según ha explicado el Ministerio de Empleo.

Con esta eliminación también se traslada de la empresa a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la obligación de documentar y dejar constancia de las actuaciones inspectoras realizadas en las visitas a las empresas o en las comparecencias de éstas en las oficinas de inspección.

En 2013, este libro se sustituyó por el formato electrónico, en una primera adaptación de la Inspección de Trabajo por el creciente uso de las nuevas tecnologías en las relaciones de las empresas con la Administración.

Lo que se hará a partir de ahora, es que  los inspectores de trabajo, cuando realicen visitas a los centros de trabajo o comprobaciones en dependencias públicas, extenderán diligencia, según establece la orden, y podrán utilizar medios electrónicos.

En concreto, extenderán una diligencia por cada visita, reflejando las materias, aspectos examinados o incidencias, que deberán ser conservadas por un plazo de cinco años.

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